Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Julio de 2005, A. 266. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A.266.XL.

R.O.

Arrigorriaga, E.J. y otros c/ ANSES s/ acción declarativa.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 5 de julio de 2005.

Vistos los autos: "Arrigorriaga, E.J. y otros c/ ANSES s/ acción declarativa".

Considerando:

Que contra el pronunciamiento de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la decisión anterior que había admitido la acción declarativa de certeza tendiente a que se declarara el cese por agotamiento del plazo de la reducción prevista en el art. 34 de la ley 24.018, la representante de la Administración Nacional de la Seguridad Social dedujo el recurso ordinario de apelación, que fue concedido y es procedente según lo establecido por el art. 19 de la ley 24.463.

Que los agravios propuestos en el memorial de la demandada sólo contienen una reiteración de los planteos sostenidos en las diferentes etapas procesales anteriores, pero no se hacen cargo de cuestionar con una crítica concreta y razonada las motivaciones fácticas y jurídicas de la sentencia, omisión que justifica declarar desierto el remedio intentado (3er. párrafo del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se declara desierto el recurso ordinario de apelación concedido a fs. 200. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463).

N. y, oportunamente, devuélvase.

AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M.

ARGIBAY.

Recurso ordinario interpuesto por la Administración Nacional de la Seguridad Social demandada en autos, representada por la dra. M.E.M.S..

Traslado contestado por E.J.A., actor en autos, representado por el dr. P.J.R.B..

Tribunal de origen: Cámara Federal de la Seguridad Social. Sala II.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N°10

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