Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Junio de 2005, A. 627. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 627. XL.

RECURSO DE HECHO

A., F.J. y otros c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de junio de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa A., F.J. y otros c/ Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por F.J.A., representado por el Dr. G.A.R.T. de origen: Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional del Trabajo N° 3

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