Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 7 de Junio de 2005, M. 985. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 985. XL.

RECURSO DE HECHO

Municipalidad de Ushuaia c/ R.H., E.M..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 7 de junio de 2005.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por E.M.R.H. en la causa Municipalidad de Ushuaia c/ R.H., E.M., para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 79 bis. N. y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NO- LASCO.

Recurso de hecho interpuesto por E.M.R.H., con el patroci- nio letrado del Dr. C.M.Q..

Tribunal de origen: Superior Tribunal de la Provincia de Tierra del Fuego, A.- tida e Islas del Atlántico Sur.

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