Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 24 de Mayo de 2005, T. 1120. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

T. 1120. XXXVIII.

R.O.

Tricerri, P.O. c/ ANSeS s/ avocación.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 24 de mayo de 2005.

Vistos los autos:

"T., P.O. c/ ANSeS s/ avocación".

Considerando:

  1. ) Que los agravios de la demandada relacionados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente S.1767.

    XXXVIII.

    "Spitale, J. c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa", fallada el 14 de septiembre de 2004.

  2. ) Que las objeciones relativas al plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia previstas por los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos:

    352:98 ("Perletto"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

    Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario y confirmar la sentencia apelada. N. y devuélvanse.

    E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NO- LASCO - R.L.L..

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