Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Abril de 2005, R. 1377. XL

Fecha26 Abril 2005
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 1377. XL.

R., R. y otros c/ Ministerio de Economía y otro s/ art. 29 - ley 23.696.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 26 de abril de 2005.

Vistos los autos: "Ricartes, R. y otros c/ Ministerio de Economía y otro s/ art. 29 - ley 23.696".

Considerando:

Que los recursos extraordinarios son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman los recursos extraordinarios.

N. y devuélvanse. E.S.P. - ANTO- NIO BOGGIANO - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

Recursos extraordinarios interpuestos por las demandadas Yacimientos Petrolíferos Fiscales S.A., representada por la Dra. M.F.F. de Rioja y por el Estado Nacional - Ministerio de Economía, representados por el Dr. A.A.G.T. de origen: Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 22

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