Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Diciembre de 2004, I. 296. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 296. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

I., A.K. c/ Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones Previnter S.A.

Previsión Internacional y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de diciembre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa I., A.K. c/ Administradora de Fondos de Jubilaciones y Pensiones Previnter S.A. Previsión Internacional y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por A.K.I., representada por el Dr. T.B.R..

Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo n° 67.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR