Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Octubre de 2004, A. 2167. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 2167. XXXIX.

A., H.A. c/P., N.H. s/ despido.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 5 de octubre de 2004.

Vistos los autos: "A., H.A. c/P., N.H. s/ despido".

Considerando:

Que esta Corte comparte y hace suyas las razones expuestas por el señor P.F. en su dictamen, al que corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por aquél, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada.

Con costas.

Vuelvan las actuaciones al tribunal de origen para que se dicte un nuevo fallo con arreglo a este pronunciamiento.

N. y, oportunamente, remítase. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso extraordinario interpuesto por N.H.P., representado por el Dr. L.J.Z..

Tribunal de origen: Sala IV, Cámara Nacional del Trabajo.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo n° 68.

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