Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Mayo de 2004, G. 644. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 644. XXXVII.

PVA Grossi, A. s/ amparo c/ integrantes de la Sala H y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

Que el nuevo planteo introducido por la peticionaria reeditando una cuestión de improcedencia manifiesta configura una conducta recalcitrante, que justifica no sólo el rechazo del pedido que antecede sino la necesidad de imponerle una nueva sanción en los términos que contemplan los arts. 35 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y 18 del decreto-ley 1285/58, que en mérito a la gravedad de la falta se establece en el treinta por ciento (30%) de la remuneración que por todo concepto perciba efectivamente un juez de primera instancia y que deberá ser depositada a la orden del Tribunal en el plazo de cinco días; ello, con la prevención de que no se dará curso, del modo que corresponde, a las peticiones del presentante sino después de haber dado cumplimiento a la sanción aplicada (conf. causa V.552.XXXVI.

"V., N.E. s/ su denuncia de privación de justicia en autos:

'R., C.A. c/V., N.E. s/ ordinario. Simulación'", resolución del 5 de marzo de 2002, y su cita).

Por ello, se desestima lo solicitado en el escrito que antecede y se impone a la actora N.E.C. la

sanción de multa con el alcance fijado precedentemente.

D. noticia al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.

N..

E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -J.C.M..

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