Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Mayo de 2004, C. 373. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 373. XL P., C. c/ A.E.D.G.I. s/ sumarísimo.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de mayo de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

Que no corresponde la intervención de esta Corte en el caso toda vez que la contienda de competencia suscitada debe ser resuelta por el tribunal de alzada del magistrado que previno (art. 24, inc. 7°, del decreto-ley 1285/58).

Por ello, y lo dictaminado en sentido coincidente por el señor Procurador General sustituto, remítanse las actuaciones a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo. ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - CARLOS S. FAYT - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia n° 2 de San Martín, Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo n° 53.

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