Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2004, P. 1236. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 1236. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

P., R.A. c/ Club Atlético Rosario Central.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de abril de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa P., R.A. c/ Club Atlético Rosario Central", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja y se da por perdido el depósito (fs. 39). H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por la demandada (Club Atlético Rosario Central), representada por la Dra. M.J.G.T..

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional del Trabajo n° 2.

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