Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Abril de 2004, G. 369. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 369. XL.

RECURSO DE HECHO

G., M.R. s/ incidente de exclusión de bienes en causa N° 34.200 Mendoza, M.G. y otros s/ concurso preventivo.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de abril de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por M.R.G. en la causa G., M.R. s/ incidente de exclusión de bienes en causa N° 34.200 Mendoza, M.G. y otros s/ concurso preventivo", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que contra el pronunciamiento de la Corte de Justicia de Salta que rechazó la queja por la denegación de un recurso de inconstitucionalidad, las peticionarias efectuaron ante el Tribunal la presentación directa que es objeto de examen.

Que la queja reglada en los arts. 285 y sgtes. del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación tiene por finalidad que la Corte revise la denegación por los jueces de la causa de un recurso de apelación ordinario o extraordinario deducido para ante ella.

Por lo tanto, carece de sentido cuando, como ocurre en el caso, tal recurso no ha sido interpuesto.

Por ello, se desestima la queja. N. y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por la incidentista, M.R.G. por derecho propio, con el patrocinio letrado del Dr. F.H..

Tribunal de origen: Corte de Justicia de la Provincia de Salta.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: S. Primera de la Cámara de Apela- ción en lo Civil y Comercial de la Provincia de Salta; Juzgado de Primera Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de Segunda Nominación de igual provincia.

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