Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Abril de 2004, Q. 28. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Q. 28. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Quattrodita, M.F. c/ Sena Automotores S.A. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de abril de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Fiat Auto Argentina S.A. en la causa Quattrodita, M.F. c/ Sena Automotores S.A. y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAUL ZAFFARONI.

Recurso de hecho interpuesto por Fiat Auto Argentina S.A., representada y patroci- nada por el Dr. C.E.S..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala V.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo N° 2.

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