Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Marzo de 2004, G. 642. XXXIX

Fecha30 Marzo 2004
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 642. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

Gentilín, M. y otro s/ lesiones culposas Ccausa P-70.824C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de marzo de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.C.C. en la causa G., M. y otro s/ lesiones culposas Ccausa P-70.824C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente y a su fiador a que, dentro del quinto día, efectúen el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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