Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Diciembre de 2003, L. 1009. XXXIX

Fecha11 Diciembre 2003
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 1009. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

L., E.M. s/ defraudación por retención indebida Ccausa n° 1425C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 11 de diciembre de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por E.M.L. en la causa L., E.M. s/ defraudación por retención indebida Ccausa n° 1425C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. I. al recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívese. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRAC- CHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M..

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