Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Noviembre de 2003, M. 1254. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1254. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

M.S., A. s/ robo agravado por el uso de armas, violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad y amenazas Ccausa N° 1383C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de noviembre de 2003.

Autos y Vistos:

Por haber transcurrido el plazo fijado en el art.

310 inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación Cde aplicación al caso en virtud de lo resuelto por esta Corte en Fallos: 317:1642, 321:1689 y en las causas P.572.XXXIII.

"P.F., E. y W., R. s/ presunta infracción art. 174, inc. 5° C.P. Ccausa N° 6447", considerando 3°, y D.479.XXXV. "D., J.L. s/ falsedad ideológica incidente de nulidad de ampliación indagatoria y notificaciónC causa N° 32.139", resueltas el 2 de abril de 1998 y el 27 de febrero de 2001 respectivamente, sin que el recurrente haya cumplido con lo dispuesto a fs. 30, declárase operada en la presente queja la perención de la instancia.

Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y, oportunamente, archívese. C.S.F. -A.C.B. -E.S.P. -A.B. -G.A.F.L. -A.R.V..

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