Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Agosto de 2003, C. 1011. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1011. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

CIR-REP S.A. s/ pedido de quiebra de Obra Social de Directivos y Empresarios Pequeños y Medianos s/ incidente de tasa de justicia.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 12 de agosto de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Obra Social de Directivos y Empresarios Pequeños y Medianos en la causa CIR-REP S.A. s/ pedido de quiebra de Obra Social de Directivos y Empresarios Pequeños y Medianos s/ incidente de tasa de justicia", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario Ccuya denegación origina esta quejaC es extemporáneo pues fue interpuesto cuando ya había expirado el plazo establecido por el art. 257 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Ello es así pues dicho plazo reviste carácter perentorio y no se interrumpe ni suspende por la interposición de otros recursos declarados improcedentes (conf.

Fallos:

286:83; 308:2423; 311:1242; 316:779, entre otros).

Por ello, se rechaza el recurso de hecho planteado. N. y, previa devolución de los autos principales, archívese. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V. -J.C.M..

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