Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Julio de 2003, V. 1316. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 1316. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

Vilte, O.A. s/ homicidio en grado de tentativa Ccausa N° 1214C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 4 de julio de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensora oficial de Vilte, O.A. en la causa V., O.A. s/ homicidio en grado de tentativa Ccausa N° 1214C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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