Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Julio de 2003, A. 135. XXXVIII

Fecha02 Julio 2003
Número de registro538792
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 135. XXXVIII.

Alianza Frente por un Nuevo País s/ solicita cumplimiento del art. 54 de la Constitución Nacional - elecciones del 14 de octubre de 2001.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 2 de julio de 2003.

Autos y Vistos; Considerando:

Que el pronunciamiento del pasado 25 de junio es suficientemente claro y no es susceptible de recurso de nulidad en los términos señalados.

Que no obstante, cabe subrayar que no se observa irregularidad alguna en el acuerdo en el cual el Tribunal dictó dicha resolución, pues todos los miembros de esta Corte fueron debidamente citados y tomaron cabal conocimiento de las actuaciones, por lo que la decisión del señor conjuez doctor V.C. de no participar en el pronunciamiento no da lugar a la tacha intentada, en la medida en que el fallo cuenta con la mayoría absoluta de opiniones exigida por el art. 23 del decreto-ley 1285/58.

Por ello, se desestima el planteo de fs. 763/765. N. y devuélvase como está ordenado a fs. 704/726. POCLAVA LA FUENTE - GARCIA VITOR - DURAÑONA Y VEDIA - GALLI - VOCOS CONESA.

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