Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Mayo de 2003, M. 1073. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 1073. XXXVII.

ORIGINARIO

M., G. y otros c/ Buenos Aires, Provincia de y otros s/ daños y perjuicios.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de mayo de 2003.

Autos y Vistos; Considerando:

Que la presente demanda no corresponde a la competencia originaria del Tribunal, tal como lo expresa el señor P. General en el dictamen de fs. 21/22, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse a fin de evitar repeticiones innecesarias.

Por ello, se resuelve: Declarar que la presente causa es ajena a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. N.. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ADOLFO R.V. -J.C.M..

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