Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Octubre de 2001, Y. 8. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Y. 8. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

Yacimientos Mineros de Agua de D. s/ servidumbre de uso y ocupación de acueducto y de tránsito ubicadas en el departamento Belén.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de octubre de 2001.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por Yacimientos Mineros de Agua de D. en la causa Yacimientos Mineros de Agua de D. s/ servidumbre de uso y ocupación de acueducto y de tránsito ubicadas en el departamento Belén@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 191. N. y, oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BE- LLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

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