Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Julio de 2001, C. 1437. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 1437. XXXVI.

RECURSO DE HECHO

Cines Argentinos S.C.A. s/ extensión de quiebra s/ incidente de verificación por R., A.J..

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 17 de julio de 2001.

Autos y Vistos; Considerando:

Que, por ser suficientemente claro el pronunciamiento de fs. 96, no ha lugar a lo solicitado a fs. 98/99.

Que, por otra parte, cabe agregar que la doctora N.F.R. formula diversas manifestaciones que constituyen un agravio para la Corte, ya que implican atribuir a sus miembros una actitud incompatible con el adecuado servicio de justicia, por lo que corresponde aplicar a la letrada la sanción de multa (art. 18 del decreto-ley 1285/58, según texto del art. 2° de la ley 24.289).

Por ello, se rechaza la petición de fs. 98/99 y se impone a la doctora N.F.R. una multa equivalente al 33% de la remuneración que por todo concepto percibe efectivamente un juez de primera instancia, con comunicación al Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires.

N. y, oportunamente, archívese. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO R.V..

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