Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Abril de 2001, S. 60. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S.60.XXXVII

RECURSO DE HECHO

S., A.F. c/ Gobierno Nacional y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 10 de abril de 2001.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional en la causa S., A.F. c/ Gobierno Nacional y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las recusaciones de los jueces de esta Corte conducen al examen de las mismas cuestiones examinadas en el precedente de Fallos 323:2466; razón por la cual procede su rechazo in limine.

Que el juez V. remite a lo expresado en el voto que emitió en dicha oportunidad.

Que, por otra parte y atento a que los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en esta presentación directa pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal, debe declararse procedente la queja y decretarse la suspensión del curso del proceso, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del recurso (Fallos 295:658; 297:558; 308:249 y 317:1447, entre otros).

Por ello, se desestiman las recusaciones planteadas, se declara procedente el recurso extraordinario y se dispone la suspensión de los efectos de la medida cautelar dictada el 1 de agosto de 2000 por el juez de primera instancia y del pronunciamiento de la Sala X de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, del 19 de septiembre del mismo año.

Agréguese la queja al principal.

N..

JULIO S.

NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZ- QUEZ.

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