Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Febrero de 2001, K. 49. XXXV

Fecha13 Febrero 2001
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

K. 49. XXXV.

K., E.E. y otros s/ apel. prisión prev. y auto sobreseimiento en c.190/88 S. s/ contrabando.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 13 de febrero de 2001.

Vistos los autos: "K., E.E. y otros s/ apel. prisión prev. y auto sobreseimiento en c.190/88 S. s/ contrabando".

Considerando:

Que las cuestiones debatidas en el sub lite son sustancialmente análogas a las tratadas por este Tribunal en Fallos: 316:2797, a cuyas consideraciones y fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor P.F., se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada. H. saber y devuélvase al tribunal de origen, a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto. JULIO S. NAZARENO (en disidencia)- EDUARDO MOLINE O=CONNOR - CARLOS S. FAYT (según su voto)- AUGUSTO CESAR BE- LLUSCIO (en disidencia)- E.S.P. (según su voto)- ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A.

BOSSERT (según su voto)- A.R.V. (según su voto).

VO

K. 49. XXXV.

K., E.E. y otros s/ apel. prisión prev. y auto sobreseimiento en c.190/88 S. s/ contrabando.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DE LOS SEÑORES MINISTROS DOCTORES DON CARLOS S. FAYT, DON ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI Y DON GUSTAVO A. BOSSERT Considerando:

Que las cuestiones debatidas en el sub lite son sustancialmente análogas a las tratadas por este Tribunal en Fallos: 316:2797 -voto de los jueces F. y P.-, a cuyas consideraciones y fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor P.F., se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada. H. saber y devuélvase al tribunal de origen, a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto. C.S.F. -E.S. PETRACCHI - GUS- TAVO A. BOSSERT.

VO

K. 49. XXXV.

K., E.E. y otros s/ apel. prisión prev. y auto sobreseimiento en c.190/88 S. s/ contrabando.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON A.R.V. Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto en la fecha por el Tribunal en el expte. A.463.XXXV, A., H.M. y otros s/ contrabando@, voto del juez V., a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello, y lo concordemente dictaminado por el señor P.F., se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se deja sin efecto la sentencia apelada. H. saber y devuélvase al tribunal de origen, a fin de que, por quien corresponda, se dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto. A.R.V..

DISI

K. 49. XXXV.

K., E.E. y otros s/ apel. prisión prev. y auto sobreseimiento en c.190/88 S. s/ contrabando.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DEL SEÑOR PRESIDENTE DOCTOR DON JULIO S. NAZARENO Y DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON AUGUSTO CESAR BELLUSCIO Considerando:

Que las cuestiones debatidas en el sub lite son sustancialmente análogas a las tratadas por este Tribunal en Fallos: 316:2797 -disidencia de los jueces B., L. (h) y N.-, a cuyas consideraciones y fundamentos cabe remitirse por razones de brevedad.

Por ello, habiendo dictaminado el señor P.F., se hace lugar a los recursos extraordinarios y se confirma la resolución apelada. H. saber y devuélvase. JULIO S. NAZARENO - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO.

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