Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Noviembre de 2000, P. 538. XXXVI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 538. XXXVI.

P., J.O. c/ CPC S.A. s/ despido.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de noviembre de 2000.

Vistos los autos: APernet, J.O. c/ CPC S.A. s/ despido@.

Considerando:

Que la cuestión planteada en el recurso extraordinario resulta sustancialmente análoga a la debatida y resuelta por esta Corte en la causa que se registra en Fallos:

320:2665, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en razón de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo al presente. N. y remítase. EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F.

LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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