Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Septiembre de 2000, F. 558. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 558. XXXV.

Federación de E.M.B.E.L. y otra c/ Banco Central de la República Argentina por acción declarativa de inconstitucionalidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de septiembre de 2000.

Autos y Vistos:

En atención a los hechos denunciados por la actora en el escrito de fs. 466/469, hágase saber al Banco Central de la República Argentina que la medida cautelar dispuesta en los presentes autos por el juez de primera instancia (fs. 350/351 y 353) continúa en vigor hasta tanto esta Corte se expida sobre el recurso extraordinario planteado por la actora, que ha sido concedido a fs. 438/438 vta. Ello es así atento al efecto solamente devolutivo de la apelación planteada contra lo decidido por el señor juez de primer grado (art. 198 in fine del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), y el suspensivo del recurso interpuesto para ante esta Corte respecto de lo decidido por la cámara, al no concurrir en autos el supuesto contemplado por el art.

258 del código citado (conf. Fallos: 305:827 y 306:1988 y sus citas).

A tal fin, líbrese oficio. F., dése vista al señor Procurador General.

N..

EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - ADOLFO R.V..

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