Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Junio de 2000, S. 448. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 448. XXXV.

RECURSO DE HECHO

S.G., S.A. y otros c/ Hage- lin, A.I. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 1° de junio de 2000.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por H.M.G., O.E.V. y C.M.J.P. en la causa S.G., S.A. y otros c/ H., A.I. y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que son aplicables al caso los fundamentos y conclusiones expuestos en la causa Q.23.XXXIV "Q., E.J. y otros c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones", fallada en la fecha, a los que corresponde remitir en razón de brevedad.

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia de fs. 1221 de los autos principales. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, proceda a dictar un nuevo fallo con arreglo a lo expresado. R. el depósito de fs. 1. Agréguese la queja al principal. N. y remítase con copia del dictamen y sentencia de la causa Q.23.XXXIV. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O´CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.

F. LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR