Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Febrero de 2000, A. 55. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 55. XXXIV.

    RECURSO DE HECHO

  2. de Cúneo Libarona, M.S. s/ sucesión c/ Cúneo Libarona, A..

    Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de febrero de 2000.

    Vistos los autos: A. de hecho deducido por L.F.C.L. administrador judicial de la sucesión de M.S.A. de Cúneo Libarona en la causa A. de Cúneo Libarona, M.S. s/ sucesión c/ Cúneo Libarona, Angel@, para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que esta Corte comparte los argumentos y conclusiones del dictamen del señor P.F., a los cuales se remite por razones de brevedad.

    Por ello, se declara procedente la queja y se revoca la sentencia recurrida, con costas. Agréguese la queja al principal y reintégrese el depósito de fs. 330. Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por medio de quien corresponda, se dicte nuevo fallo con arreglo a lo resuelto. N. y remítase. EDUARDO MOLINE O=CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F.

    LOPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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