Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Octubre de 1999, A. 298. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 298. XXXV.

RECURSO DE HECHO

A., M.A. c/ Provincia de Santa Fe.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 26 de octubre de 1999.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la demandada en la causa A., M.A. c/ Provincia de Santa Fe@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O´CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZ- QUEZ.

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