Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Octubre de 1999, R. 190. XXXIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 190. XXXIII.

Reales, H.V. c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ incidente de tercería de dominio.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 5 de octubre de 1999.

Vistos los autos: "Reales, H.V. c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ incidente de tercería de dominio".

Considerando:

Que en el sub lite se debaten cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la fecha en la causa B.1894.XXXII. "B., N.D. y otros c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ incidente de tercería de dominio", por lo que corresponde remitir a los argumentos allí expresados.

Por ello, se declara procedente el recurso articulado y se revoca la sentencia apelada. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

N. y devuélvase. EDUARDO MOLINE O=CONNOR - CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO (en disidencia) - G.A.B. -A.R.V..

DISI

DENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON ANTONIO BOGGIANO Considerando:

Que en el sub lite se debaten cuestiones sustancialmente análogas a las tratadas por esta Corte en la fecha

R. 190. XXXIII.

Reales, H.V. c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ incidente de tercería de dominio.

Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa B.1894.XXXII. "B., N.D. y otros c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/ incidente de tercería de dominio", disidencia del juez B., a cuyos fundamentos cabe remitir por razones de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia.

Con costas.

N. y devuélvase. A.B..

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