Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Junio de 1999, B. 128. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 128. XXXV.

B., S.A. c/ Fundación Amalia Lacroze de Fortabat s/ despido.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de junio de 1999.

Vistos los autos: "Broquen, S.A. c/ Fundación Amalia Lacroze de Fortabat s/ despido".

Considerando:

Que las cuestiones planteadas en el sub lite guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en Fallos:

320:2665, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Costas por su orden en atención a la naturaleza alimentaria de las prestaciones en juego. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo fallo con arreglo al presente. N. y, oportunamente, remítase.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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