Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Junio de 1999, D. 112. XXXIV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 112. XXXIV.

RECURSO DE HECHO

D., J.L. c/ Banco de la Nación Argentina.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 9 de junio de 1999.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por J.L.D. en la causa D., J.L. c/ Banco de la Nación Argentina", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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