Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Mayo de 1997, A. 216. XXXIII

Fecha13 Mayo 1997
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

W. 12. XXXIII. y otros

RECURSOS DE HECHO

W., A.M.�a y otros c/ Banco Central de la Rep�blica Argentina.

Buenos Aires, 13 de mayo de 1997.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en las causas 'W., A.M.�a y otros c/ Banco Central de la Rep�blica Argentina'; A.216 'A., J.R.�l y otros c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro'; J.19 'J., J. y otros c/ Banco Nacional de Desarrollo'; M.268 'M. de S., S.E. y otros c/ Caja Nacional de Ahorro y Seguro'; N.56 'Naya de V., J.C. y otros c/ Banco de la Naci�n Argentina'", todos del libro XXXIII, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegaci�n dio origen a las quejas en examen, son inadmisibles (art.

280 del C�digo Procesal Civil y Comercial de la Naci�n).

Por ello, se desestiman las quejas. Agr�guese copia de este pronunciamiento en los autos respectivos. H�gase saber y, oportunamente, arch�vense. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L.-.A.R.V..

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