Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Mayo de 1997, F. 219. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 219. XXXII.

RECURSO DE HECHO

F., J.L. y otros c/ Banco de la Nación Argentina.

Buenos Aires, 6 de mayo de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa F., J.L. y otros c/ Banco de la Nación Argentina", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en la causa B.1000.XXXI. "B., H.D. y otros c/ Banco de la Nación Argentina", sentencia de la fecha, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad.

Por ello, se hace lugar a la queja y al recurso extraordinario interpuestos y se deja sin efecto la sentencia. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, proceda a dictar nuevo fallo con arreglo a lo expresado. Agréguese la queja al principal, con copia del pronunciamiento a que se hace referencia. R. el depósito de fs. 1.

N. y, oportunamente, remítase. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR