Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 15 de Abril de 1997, A. 581. XXXI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 581. XXXI.

RECURSO DE HECHO

A.S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.

Buenos Aires, 15 de abril de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Aseo S.A. c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el planteo de inconstitucionalidad del art.

56 de la ley 21.499, introducido únicamente al contestar la expresión de agravios de la demandada, es tardío, toda vez que la primera oportunidad procesal en que debió efectuarse era al contestar la defensa de prescripción opuesta por aquélla (Fallos: 291:354; 296:224; 303:586; 307:1873, entre muchos otros).

Que respecto a los restantes agravios sustentados en la doctrina de la arbitrariedad- el recurso es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N., devuélvanse los autos principales, y archívese la queja. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A. F. LOPEZ - GUSTAVO A.

BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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