Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Marzo de 1997, M. 150. XXX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 150. XXX.

M., M.L. de (TF. 10.498 -I-

) s/ apel. res. D.G.I.

Buenos Aires, 25 de marzo de 1997.

Vistos los autos: "M., M.L. de (TF.

10.498 -I-

) s/ apel. res. D.G.I.".

Considerando:

Que las cuestiones sobre las que debe pronunciarse el Tribunal encuentran respuesta en la causa H.102.XXII. "H., P. c/ Fisco Nacional (D.G.I.) s/ ordinario (repetición)", sentencia del 4 de mayo de 1995 voto de la mayoría y votos sustancialmente concurrentes- a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad, en virtud de la semejanza existente entre el régimen de "ahorro obligatorio" instituido por la ley 23.549 con el que estableció la ley 23.256.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario, con el alcance con el que ha sido concedido, y se confirma en ese aspecto el pronunciamiento apelado. Las costas de esta instancia se imponen en el orden causado en razón de la complejidad de la cuestión debatida (art. 68, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N., con copia del precedente citado y remítase.

JULIO S. NAZARENO - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO-GUILLERMO A. F.

LOPEZ - GUSTAVO A.B. -A.R.V..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR