Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 1997, S. 14. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 14. XXXII.

RECURSO DE HECHO

Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor s/ encuadramiento sindical.

Buenos Aires, 6 de febrero de 1997.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor de la República Argentina en la causa Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte Automotor s/ encuadramiento sindical", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese, previa devolución de los autos principales. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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