Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Diciembre de 1996, N. 246. XXXII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 60. XXXII. y otro

RECURSO DE HECHO

Instituto Privado Clínico Quirúrgico de Diagnóstico y Tratamiento S.A. c/ Monzón, D.J..

Buenos Aires, 10 de diciembre de 1996.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la demandada en las causas: 'Instituto Privado Clínico Quirúrgico de Diagnóstico y Tratamiento S.A. c/ Monzón, D.J.', y N.246.XXXII 'N., R.R. c/ Universidad Nacional de Rosario'", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación motivó las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman las quejas. D. perdido el depósito de fs. 1 en la causa N.246.XXXII. H. saber y, oportunamente, archívense. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F. LOPEZ.

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