Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 12 de Septiembre de 1996, P. 80. XXXII

Fecha12 Septiembre 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 80. XXXII.

Promaco S.A. c/ Aerolíneas Argentinas s/ contrato obra pública.

Buenos Aires, 12 de septiembre de 1996.

Vistos los autos: "Promaco S.A. c/ Aerolíneas Argentinas s/ contrato obra pública".

Considerando:

Que el recurso extraordinario no cumple con el requisito de fundamentación autónoma.

Por ello, se declara improcedente el recurso extraordinario. Con costas (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). N. y remítanse.

C.S.F. -AUGUSTOC.B. -ENRIQUES.P. -A.B. -G.A.F.L. -A.R.V..

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