Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Marzo de 1996, A. 1202. XXXI

Fecha05 Marzo 1996
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1202. XXXI.

RECURSO DE HECHO

A., R.M. s/ adulteración de documento destinado a acreditar la identidad de las personas -causa n° 298-. Buenos Aires, 5 de marzo de 1996.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por M.H.L. (defensor oficial) en la causa A., R.M. s/ adulteración de documento destinado a acreditar la identidad de las personas -causa n° 298-", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja no refuta los motivos de la resolución denegatoria del recurso extraordinario.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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