Sentencia nº 43739 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2, 29 de Agosto de 2012
Fecha de Resolución | 29 de Agosto de 2012 |
Emisor | Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 2 |
Libro: F.:
AUTOS Y VISTOS: el presente Expte. Nº B-43.739/11, caratulado: "S.L., R.D., MAURIN, M.B.",
RESULTA :
Que a fs.14 se presenta el Dr. P.D.C., apoderado de B.M.M. y de L.B.L., promoviendo la apertura del Sucesorio de R.D.L., L.E. Nº3.953.826, fallecido 15 de diciembre de 1.998, en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr.Manuel Belgrano de esta provincia.
Que, a fs. 16 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.26/36).
Que a fs.46 obra la resolución en la que se declara únicos y universales herederos del causante R.D.L., a la cónyuge supersite B.M.M. y a la hija L.B. delR.L..
Que a fs.50 obra el acta de la audiencia dispuesta por el Art. 439 del CPC.. y la designación del P. inventariador y avaluador.
Que a fs.59, conforme lo dispuesto a fs.84, se acumula el Expediente B-70.118/01, caratulado Sucesorio ab intestato MAURIN de LIENDRO, B.M..
Que a fs.65 se ordena la apertura del sucesorio, mandándose a publicar los edictos respectivos, los que se encuentran agregados en autos (fs.51/53, 71/73).
Que a fs.87, obra la resolución en la que se declara única y universal heredera de los causantes R.D.L. y de B.M.M. y a la hija L.B. delR.L..
Que a fs.90 obra el acta de la audiencia prevista por el Art. 439 del CPC..
Que a fs. 93 se presenta la señora L.B. delR.L. con el patrocinio letrado del Dr. M.A.L. y a fs.115/116 le otorga poder.
CONSIDERANDO:
Que, con los instrumentos obrantes a fs.9 y 60, se acredita el fallecimiento de R.D.L. y de B.M.M., hechos ocurridos el 15 de diciembre de 1998 y 31 de enero de 2001, ambos en San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. M.B., J..
Que, con el instrumento de fs.7/8, se prueba el vínculo matrimonial de los causantes.
Que, con el instrumento de fs.6, se prueba el vínculo filial de L.B. delR.L., con los causantes.
Que a fs. 91, se designa P. inventariador, avaluador y partidor al Dr.Pablo D.C. y a fs. 106 atento la revocación de mandato, se designa al Dr. M.A.L..
Que a fs.109/110 obran las operaciones de inventario, avalúo el que es aprobado a fs.120.
Que conforme las constancias de autos el acervo hereditario está compuesto por dos bienes automotores, habiéndose autorizado la venta y a suscribir toda la documentación correspondiente, del...
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