Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Mayo de 1995, O. 21. XXXI

Fecha30 Mayo 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

O. 21. XXXI.

RECURSO DE HECHO

Orcajada, M.F. s/ libramiento de cheque - cuenta cerrada.

Buenos Aires, 30 de mayo de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de M.F.O. en la causa Orcajada, M.F. s/ libramiento de cheque - cuenta cerrada" para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva la presente queja, no se dirige contra la sentencia dictada por el tribunal superior, según el art. 14 de la ley 48.

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que dentro del quinto día efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - GUSTAVO A. BOSSERT.

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