Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Mayo de 1995, D. 419. XXVIII

Fecha04 Mayo 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 419. XXVIII.

RECURSO DE HECHO

Delta Compresión S.R.L. s/ apelación por infracción ley 11.683.

Buenos Aires, 4 de mayo de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Delta Compresión S.R.L. s/ apelación por infracción ley 11.683", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima el recurso de hecho planteado.

Intímese a la recurrente a que dentro del quinto día haga efectivo el depósito establecido por el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. N. y, oportunamente, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - ANTONIO BOGGIANO.

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