Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Febrero de 1995, V. 231. XXIX

Fecha23 Febrero 1995
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

V. 231. XXIX.

RECURSO DE HECHO

V., F.M. c/ Banco de Previsi�n Social.

Buenos Aires, 23 de febrero de 1995.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por R.L.I.�eta (presidente del directorio del Banco de Previsi�n Social Sociedad An�nima de la Provincia de Mendoza) en la causa V., F.M. c/ Banco de Previsi�n Social", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegaci�n motiv� la presente queja, es inadmisible (art. 280 del C�digo Procesal Civil y Comercial de la Naci�n).

Por ello, se desestima la queja. D.�rase perdido el dep�sito de fs. 1. H�gase saber y, oportunamente, arch�vese.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - RICARDO LEVENE (H) - GUILLERMO A. F.

LOPEZ.

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