Decreto 931/2012

Fecha de disposición21 Junio 2012
Fecha de publicación29 Junio 2012
SecciónDecretos

Bs. As., 21/6/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0463392/2011 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L 1122, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L 1122, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la ejecución del “Segundo Programa de Agua Potable y Saneamiento del Area Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y del Conurbano Bonaerense” por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000).

Que el objetivo del citado programa es “mejorar y ampliar los servicios de agua potable y saneamiento en el área metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y en el Conurbano Bonaerense”.

Que para la ejecución del referido programa se desarrollarán TRES (3) componentes: (i) “la renovación y rehabilitación de los sistemas de producción y distribución de agua potable”; (ii) “obras de expansión de los servicios de recolección y tratamiento de aguas residuales”; y (iii) “el fortalecimiento institucional en las áreas de sistemas, capacitación, adquisiciones y medio ambiente”.

Que la ejecución del mencionado programa y la utilización de los recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por la empresa AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA), denominado en adelante “Organismo Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L 1122, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L 1122 y acuerde las modificaciones que sean convenientes para su ejecución.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y objetivos a los que será destinado el Contrato de Préstamo BID AR-L 1122.

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