Resolución N 172/GCABA/ERSP
Firmantes | Ferrali-Amado- |
Emisor | F/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN N 172/GCABA/ERSPSE SANCIONA CON MULTA A LA EMPRESA TRANSPORTES OLIVOS SACIF - ASHIRA SA UTE - URBASUR
Buenos Aires
GobiernodelaCiudadAutónomadeBuenosAires
2012.Año delBicentenario de la Creación de la Bandera Argentina
RESOLUCIÓN N.°172/ERSP/11
BuenosAires, 27 de diciembre de 2011
VISTO:
elArt. 138 de la Constitución de la Ciudad, la LeyN° 210, elPliego de Basesy
Condicionespara elServicio de Higiene Urbana Licitación N° 6/2003, elReglamento
deProcedimientosdeControversiasySancionesdelEnteÚnicoReguladordelos
ServiciosPúblicosde la Ciudad Autónoma deBuenosAiresaprobado porResolución
delDirectorio N° 28 del4 de octubre de 2001 ysumodificatoria N° 51 del12 de
diciembre de 2002, elActadeDirectorioN° 410del6deoctubrede2010, el
Expediente N° 330/EURSPCABA/2009, y
CONSIDERANDO:
Que,conforme elArt. 138 delaConstitucióndelaCiudad,elEnteÚnicoReguladorde
losServiciosPúblicosde la Ciudad Autónoma de BuenosAiresejerce elcontrol,
seguimiento yresguardo de la calidad de losserviciospúblicoscuya prestacióno
fiscalizaciónserealiceporlaadministracióncentraloportercerosparaladefensay
protección de losderechosde sususuariosyconsumidores, de la competencia ydel
medio ambiente, velando porla observancia de lasleyesque se dictenalrespecto;
Que, de acuerdo con elArt. 2° inc. c)de la LeyN° 210, entre losserviciosbajosu
controlse encuentra lahigiene urbana, incluida la disposición final;
Que, elArt.3° incs. b), e), j), k)yl)de la LeyN°210, establece como funcionesde este
Ente, entreotras, controlarlasactividadesde losprestadoresde serviciospúblicosen
todoslosaspectosprescriptosporla normativa aplicablerespecto ala seguridad,
higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad ygeneralidad delosservicios;
controlarelcumplimiento de loscontratosde concesión, licencias, permisos,
autorizacionesyhabilitaciones; recibirytramitarlasquejasyreclamosde losusuarios
en sede administrativa tendientesa resolverelconflicto planteado con elprestador;
ejercerla jurisdicción administrativa; reglamentarelprocedimiento para la aplicación
de lassancionesquecorrespondan porviolación delasdisposicioneslegales,
reglamentariaso contractualesdelosrespectivosservicios, de conformidad con los
regímenessancionatoriosvigentes, yaplicarlasmismasrespetando eldebido
proceso;
Que, elExpediente N° 330/EURSPCABA/2009 se inicia araízdelosPlanesde Control
efectuadosporelÁrea de ControlAmbiental, en elmesde diciembre de 2008,
mediante Acta N° 065820/ATO/2008 de fecha22/12/09, respecto de la deficienciaen
elserviciode barrido ylimpieza...
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