Resolución N 172/GCABA/ERSP

FirmantesFerrali-Amado-
EmisorF/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

F/N ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RESOLUCIÓN N 172/GCABA/ERSPSE SANCIONA CON MULTA A LA EMPRESA TRANSPORTES OLIVOS SACIF - ASHIRA SA UTE - URBASUR

Buenos Aires

GobiernodelaCiudadAutónomadeBuenosAires

2012.Año delBicentenario de la Creación de la Bandera Argentina

RESOLUCIÓN N.°172/ERSP/11

BuenosAires, 27 de diciembre de 2011

VISTO:

elArt. 138 de la Constitución de la Ciudad, la LeyN° 210, elPliego de Basesy

Condicionespara elServicio de Higiene Urbana Licitación N° 6/2003, elReglamento

deProcedimientosdeControversiasySancionesdelEnteÚnicoReguladordelos

ServiciosPúblicosde la Ciudad Autónoma deBuenosAiresaprobado porResolución

delDirectorio N° 28 del4 de octubre de 2001 ysumodificatoria N° 51 del12 de

diciembre de 2002, elActadeDirectorioN° 410del6deoctubrede2010, el

Expediente N° 330/EURSPCABA/2009, y

CONSIDERANDO:

Que,conforme elArt. 138 delaConstitucióndelaCiudad,elEnteÚnicoReguladorde

losServiciosPúblicosde la Ciudad Autónoma de BuenosAiresejerce elcontrol,

seguimiento yresguardo de la calidad de losserviciospúblicoscuya prestacióno

fiscalizaciónserealiceporlaadministracióncentraloportercerosparaladefensay

protección de losderechosde sususuariosyconsumidores, de la competencia ydel

medio ambiente, velando porla observancia de lasleyesque se dictenalrespecto;

Que, de acuerdo con elArt. 2° inc. c)de la LeyN° 210, entre losserviciosbajosu

controlse encuentra lahigiene urbana, incluida la disposición final;

Que, elArt.3° incs. b), e), j), k)yl)de la LeyN°210, establece como funcionesde este

Ente, entreotras, controlarlasactividadesde losprestadoresde serviciospúblicosen

todoslosaspectosprescriptosporla normativa aplicablerespecto ala seguridad,

higiene, calidad, continuidad, regularidad, igualdad ygeneralidad delosservicios;

controlarelcumplimiento de loscontratosde concesión, licencias, permisos,

autorizacionesyhabilitaciones; recibirytramitarlasquejasyreclamosde losusuarios

en sede administrativa tendientesa resolverelconflicto planteado con elprestador;

ejercerla jurisdicción administrativa; reglamentarelprocedimiento para la aplicación

de lassancionesquecorrespondan porviolación delasdisposicioneslegales,

reglamentariaso contractualesdelosrespectivosservicios, de conformidad con los

regímenessancionatoriosvigentes, yaplicarlasmismasrespetando eldebido

proceso;

Que, elExpediente N° 330/EURSPCABA/2009 se inicia araízdelosPlanesde Control

efectuadosporelÁrea de ControlAmbiental, en elmesde diciembre de 2008,

mediante Acta N° 065820/ATO/2008 de fecha22/12/09, respecto de la deficienciaen

elserviciode barrido ylimpieza...

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