Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Abril de 2012, M. 709. XLVII

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO DE QUEJA
Fecha10 Abril 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 709. XLVII.

RECURSO DE HECHO M., R.;Teresa c/ Artear S.A. s/ daños y perjuicios.

Buenos Aires, 10 de abril de 2012 Vistos los autos: “Recurso de hecho deducido por la actora en la causa M., R.T. c/ Artear S.A. s/ daños y perjuicios”, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa.

N. y archívese.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

ES COPIA Recurso de hecho interpuesto por R.;Teresa Marrone, con el patrocinio letrado de la Dra. L.;Boselli. Tribunal de origen: Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil. Tribunales que intervinieron con anterioridad:

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil n° 45. -1-

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