Sentencia nº 232375 de Juzgados de 1º Instacia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy - Juzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6, 26 de Marzo de 2012

Fecha de Resolución26 de Marzo de 2012
EmisorJuzg. 1º C. y C. Nº 1 Secretaría 6

AUTOS Y VISTOS:

Los del presente Expte. Nª B-232.375/10 caratulado: “ EJECUTIVO: CREDIL S.R.L. C/ DIAZ MARCOS ”; y

RESULTA:

Que, a fs. 47, se presenta el Dr. Z.F.R.M., solicitando la regulación de sus honorarios por la labor desarrollada en la etapa de ejecución de sentencia; así también la aprobación de la planilla de liquidación actualizada y embargo de haberes

CONSIDERANDO:

Que, corresponde: regular los honorarios profesionales por la labor desarro0llada en autos del D.Z.F.R.M., en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE ($ 220,00), conforme el Art. 4,6,8 de la Ley Nº 1.687/46 Acordada (L.A. Nº 12, Fº 187/188, Nº 134, 24/08//09). Dicho monto ha sido fijado a la fecha de la presente, por lo que solo en caso de mora, devengará un interés conforme a la Tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina (L. A. Nº 54, Fº 673/678 Nº 235- 11/05/2.011), con más IVA si correspondiere.

Que encontrándose firme y consentido el proveído de fs. 46, corresponde aprobar la actualización de la planilla de liquidación de fs. 43/44 la que asciende a la suma de $ 122,71 sin perjuicio de terceros y en cuanto por derecho hubiere lugar, y trábar EMBARGO sobre las remuneraciones que por todo concepto perciba el demandado Sr. D.M.A., D.N.I. Nº 11.628.758, como empleado de ACEROS ZAPLA S.A., en forma mensual y consecutiva y en las proporciones de Ley hasta cubrir la suma de $ 122,71.-

RESUELVO:

  1. - Regular los honorarios profesionales de la DR. MAXIMILIANO R.D. QUISPE, en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE ($ 220,00) por la labor desarrollada en la Etapa de Ejecución de Sentencia.

  2. Aprobar la actualización de la planilla de liquidación de fs. 43/44 la que asciende a la suma de $ 122,71 sin perjuicio de terceros y en cuanto por derecho hubiere lugar.

  3. - Trábar EMBARGO sobre las remuneraciones que por todo concepto percibe el demandado Sr. D.M.A., D.N.I. Nº 11.628.758, como empleado de ACEROS ZAPLA S.A., en forma mensual y consecutiva y en las proporciones de Ley hasta cubrir la suma de $ 122,71.- A tal fin, líbrese el correspondiente oficio al SR. GERENTE DE A.Z.S.A., haciéndosele saber que deberá depositar dichos montos en el Banco Macro S.A., Sucursal Tribunales a la orden de éste Juzgado y como perteneciente a los autos del rubro, facultándose al D.Z.F.R.M., y/o la persona que designe correr con el diligenciamiento del mismo.

  4. - Agregar copia en autos, registrar y notificar por cédula.

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