Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2012, R. 123. XLVI

Sentido del falloDESESTIMA - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha13 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 123. XLVI.

R., M.C. c/ Banco Sudameris Argentina S.A. y otro s/ amparo.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2012 Vistos los autos:

R., M.C. c/ Banco Sudameris Argentina S.A. y otro s/ amparo

.

Considerando:

Que el recurso extraordinario deducido por el Banco Patagonia S.A (antes Banco Sudameris Argentina S.A.), no cumple con uno de los requisitos previstos por el art.

  1. del reglamento aprobado por la acordada 4/2007.

Por su parte, el recurso extraordinario planteado por el Estado Nacional no cumple con el requisito de fundamentación autónoma exigible según el art. 15 de la ley 48.

Por ello, se los desestima.

Con costas.

N. y devuélvase. R.;LUIS LORENZETTI - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional, representado por el Dr. A.E.M., y el Banco Patagonia S.A (antes Sudameris Argentina S.A.), representado por el Dr. C.;José Molina. Traslado contestado por la actora, M.C.R., por su propio derecho, con el patrocinio letrado de la Dra. M. Silvina Vezzoni de S.. Tribunal de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, Sala A. Tribunal que intervino con anterioridad: Juzgado Federal nº 1 de Córdoba. -1-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR