Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Marzo de 2012, J. 19. XLVI

Sentido del falloDECLARA ABSTRACTA LA CUESTION - RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
Fecha13 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

J. 19. XLVI.

J., D.;Adrián y otro c/ Obra Social del Personal de la Sanidad Arg. s/ amparo.

Buenos Aires, 13 de marzo de 2012 Vistos los autos: “J., D.;Adrián y otro c/ Obra Social del Personal de la Sanidad Arg. s/ amparo”.

Considerando:

Que la cuestión que se debate en la presente causa es sustancialmente análoga a la resuelta en la fecha en C.612.XLVI “Crova, M.G. y otro c/ Organización de Servicios Directos Empres.

—O.S.D.E.— s/ sumarísimo (art.

321, inc.

2 CPCCN)”, a cuyos términos y conclusiones cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, se declara abstracta la cuestión en debate, con costas por su orden atento al modo en que se resuelve (art. 68, 2da. parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

N. y devuélvase.

R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M.;- E. RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA Recurso extraordinario interpuesto por D.A.J. y otro, representado por la Dra. N.;Binsou y patrocinado por la Dra. N.;MarianaB.. Traslado contestado por la Obra Social del Personal de la Sanidad Argentina, representada por el Dr. C.;María Interguglielmo.

Tribunal de origen:

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, S.;I.T. que intervino con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Federal nº 10, Secretaría nº 20. -1-

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