Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Marzo de 2012, C. 788. XLVII

Sentido del falloDECLARA COMPETENCIA -
Fecha06 Marzo 2012
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 788. XLVII.

B., D. c/D.M., J. s/ aumento de cuota alimentaria.

Buenos Aires, 6 de marzo de 2012 Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, se declara que resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 4 del Departamento Judicial de M., provincia de Buenos Aires, al que se le remitirán. H. saber al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil nº 86.

ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E.

RAÚL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

ES COPIA -1-

Para acceder al dictamen de la Procuración General de la Nación ingrese a:

http://www.mpf.gov.ar/dictamenes/2011/MBeiro/octubre/B_D_Comp_788_L_XLVII.pdf Alimentos - Juicio sucesorio - Pensión - Fuero de atracción -2-

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